El SRI aumenta retención del 3 % para créditos, pólizas y al 10 % para pagos a influencers en redes sociales
Escrito por Redacción Flama Plus el marzo 9, 2026
Desde el 1 de marzo de 2026, el Servicio de Rentas Internas (SRI) aplicó una nueva tabla en la que el Estado debe aplicar las retenciones de impuestos para distintas actividades económicas en el país. La medida se establece en la Resolución Nro. NAC-DGERCGC26-00000009, firmada a finales de febrero, que actualiza los porcentajes de retención entre el 1 % y el 10 % según el tipo de actividad.
Sin embargo, una de las principales novedades es el aumento de retención del 2 % al 3 % para varios servicios financieros ofrecidos por bancos, cooperativas y demás establecimientos en el país. Dicha lista quedó así:
Préstamos
Cuentas corrientes
Certificados financieros
Pólizas de acumulación
Depósitos a plazo fijo
Certificados de inversión
Avales
Intereses y comisiones por ventas a crédito
Liquidaciones de compra de bienes
Pagos o créditos por facturas emitidas por medios de comunicación y agencias de publicidad
No obstante, otra resolución ya vigente por el SRI aclara que las inversiones iguales o mayores a los 180 días de plazo estarán exentos a la retención del 3 %.
Adicional, con esta medida, los valores se descontarán automáticamente desde el sistema de las instituciones bancarias cuando las personas realicen estos servicios en bancos o cooperativas.
Retención del 1 %
Servicios de transporte privado de pasajeros
Transporte público y privado de carga
Adquisición de bienes de origen avícola y otros
Compras a contribuyentes del régimen RIMPE
Retención del 2 %
Servicios de energía eléctrica
Emisión de tarjetas de crédito
Pagos o créditos en compañías de seguros
Recepción de botellas plásticas no retornables
Pagos a compañías de arrendamiento mercantil
Actividades de construcción
Adquisición de bienes muebles
Retención del 5 %
Servicios profesionales prestados por sociedades residentes en Ecuador
Comisiones pagadas a sociedades en el país
Retención del 10 % llega a influencers en redes sociales
Una categoría que llama la atención en la resolución del SRI es que, dentro de la retención del 10 %, se incluyen los honorarios o cualquier tipo de pago realizado a personas con capacidad de influir en un número importante de seguidores a través de redes sociales, también conocidas como influencers.
El documento detalla que esta retención de impuestos se aplicará por el ejercicio de actividades relacionadas directa o indirectamente con la utilización o el aprovechamiento de su imagen o renombre. En esta sección también se incluyen artistas, deportistas, entrenadores, árbitros y miembros del cuerpo técnico. La lista completa de impuestos es la siguiente:
Honorarios, comisiones y pagos a personas residentes por servicios profesionales o mano de obra
Pagos por regalías, uso de imagen a influencers
Personas naturales que presten servicios de docencia
Servicios notariales, entre otros
Pagos o créditos a personas o sociedades naturales por goce de derechos de propiedad intelectual
Ganancias por enajenación de bienes en bolsa de valores
Arrendamiento de bienes inmuebles
Deportistas, entrenadores, árbitros y miembros de cuerpo técnico sin relación de dependencia
Artistas nacionales o extranjeros en el país
Para conocer el detalle completo de las retenciones, puede revisar la resolución oficial del SRI en el siguiente enlace: https://n9.cl/o3h306