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El SRI aumenta retención del 3 % para créditos, pólizas y al 10 % para pagos a influencers en redes sociales

Escrito por el marzo 9, 2026

Desde el 1 de marzo de 2026, el Servicio de Rentas Internas (SRI) aplicó una nueva tabla en la que el Estado debe aplicar las retenciones de impuestos para distintas actividades económicas en el país. La medida se establece en la Resolución Nro. NAC-DGERCGC26-00000009, firmada a finales de febrero, que actualiza los porcentajes de retención entre el 1 % y el 10 % según el tipo de actividad.

Sin embargo, una de las principales novedades es el aumento de retención del 2 % al 3 % para varios servicios financieros ofrecidos por bancos, cooperativas y demás establecimientos en el país. Dicha lista quedó así:

Préstamos

Cuentas corrientes

Certificados financieros

Pólizas de acumulación

Depósitos a plazo fijo

Certificados de inversión

Avales

Intereses y comisiones por ventas a crédito

Liquidaciones de compra de bienes

Pagos o créditos por facturas emitidas por medios de comunicación y agencias de publicidad

No obstante, otra resolución ya vigente por el SRI aclara que las inversiones iguales o mayores a los 180 días de plazo estarán exentos a la retención del 3 %.

Adicional, con esta medida, los valores se descontarán automáticamente desde el sistema de las instituciones bancarias cuando las personas realicen estos servicios en bancos o cooperativas.

Retención del 1 %

Servicios de transporte privado de pasajeros

Transporte público y privado de carga

Adquisición de bienes de origen avícola y otros

Compras a contribuyentes del régimen RIMPE

Retención del 2 %

Servicios de energía eléctrica

Emisión de tarjetas de crédito

Pagos o créditos en compañías de seguros

Recepción de botellas plásticas no retornables

Pagos a compañías de arrendamiento mercantil

Actividades de construcción

Adquisición de bienes muebles

Retención del 5 %

Servicios profesionales prestados por sociedades residentes en Ecuador

Comisiones pagadas a sociedades en el país

Retención del 10 % llega a influencers en redes sociales

Una categoría que llama la atención en la resolución del SRI es que, dentro de la retención del 10 %, se incluyen los honorarios o cualquier tipo de pago realizado a personas con capacidad de influir en un número importante de seguidores a través de redes sociales, también conocidas como influencers.

El documento detalla que esta retención de impuestos se aplicará por el ejercicio de actividades relacionadas directa o indirectamente con la utilización o el aprovechamiento de su imagen o renombre. En esta sección también se incluyen artistas, deportistas, entrenadores, árbitros y miembros del cuerpo técnico. La lista completa de impuestos es la siguiente:

Honorarios, comisiones y pagos a personas residentes por servicios profesionales o mano de obra

Pagos por regalías, uso de imagen a influencers

Personas naturales que presten servicios de docencia

Servicios notariales, entre otros

Pagos o créditos a personas o sociedades naturales por goce de derechos de propiedad intelectual

Ganancias por enajenación de bienes en bolsa de valores

Arrendamiento de bienes inmuebles

Deportistas, entrenadores, árbitros y miembros de cuerpo técnico sin relación de dependencia

Artistas nacionales o extranjeros en el país

Para conocer el detalle completo de las retenciones, puede revisar la resolución oficial del SRI en el siguiente enlace: https://n9.cl/o3h306


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